A continuación presentamos información sobre cada uno de los permisos sobre los que impartimos enseñanza en nuestra autoescuela.
Si deseas más información o tienes cualquier duda, puedes consultarnos directamente y te ayudaremos.
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Vehículos que autoriza a conducir:
• Ciclomotores de dos o tres ruedas y cuadriciclos ligeros, aunque puede estar limitado a la conducción de ciclomotores de tres ruedas y cuadriciclos ligeros únicamente.
• Autoriza a arrastrar un remolque o semiremolque cuya MMA no supere el 50 por ciento de la masa en vacío del vehículo tractor.
Edad mínima: 15 años.
Exámenes: teórico y práctico.
Vehículos que autoriza a conducir:
• Motocicletas de hasta 125cm3 , máximo 11kw de potencia y relación potencia/peso no superior a 0,1W/Kg.
• Triciclos de motor con potencia máxima de 15kW.
• Cuatricilos de pma hasta 400Kg o 55kg si se usa para carga y cuya pontecia máxima sea de 15kW.
• Todos los vehículos del permiso AM.
Edad mínima: 16 años.
Exámenes: Si tienes el carnet B con una antigüedad mínima de 3 años podrás conducir los vehículos del A1. En caso contrario necesitarás:
Teórico común. Teórico del A1. Práctico en un circuito cerrado. Práctico en circulación real.
Observaciones: Renovación cada 10 años hasta cumplir los 65 años. A partir de los 65 cada 5 años.
Vehículos que autoriza a conducir:
• Conducir motocicletas de hasta 35kW y relación potencia/peso máxima de a 0,2W/Kg. Estas motocicletas no se puede derivar de un vehículo de más del doble de su potencia.
• Motocicletas tengan o no sidecar.
Edad mínima: 18 años.
Exámenes: Si tienes el carnet A1 con una antigüedad mínima de 2 años , solamente tendrás que realizar el examen práctico de circulación. Si tienes el permiso B, quedas exento de realizar el examen teórico de circulación vial. En caso contrario necesitarás:
Teórico común. Teórico específico de motocicletas. Práctico en un circuito cerrado. Práctico en circulación real.
Observaciones: Renovación cada 10 años hasta cumplir los 65 años. A partir de los 65 cada 5 años.
Vehículos que autoriza a conducir:
• Habilita la conducción por la vía pública de motocicletas de cualquier potencia y peso; y de todos los vehículos autorizados por los permisos AM, A1 y A2.
Edad mínima: 20 años.
Exámenes: Para la obtención de éste permiso la ley exige realizar una prueba de formación específica estipulada por la DGT que se realiza en la misma autoescuela.
Observaciones: Requiere haber estado en posesión del Permiso A2 durante, como mínimo 2 años.
Autoriza a conducir:
Edad mínima: 18 años.
Pruebas a realizar:
Permiso C:
Automóviles cuya masa máxima autorizada exceda de 3.500 kg:
Requisitos: ser titular del permiso de la clase B en vigor.
No implica la concesión de los permisos A1 y A. Implica la concesión del permiso C1.
Pruebas a realizar:
Edad mínima: 21 años.
Conjunto de vehículos acoplados compuestos por:
Requisitos: : ser titular del permiso de la clase C en vigor.
No implica la concesión de los permisos A1, A. Su obtención implica la concesión de los permisos D1+E, D+E, B+E y C1+E, sólo cuando el titular esté en posesión de los permisos de la clase D1 o D (para la concesión del D1+E o D+E).
Pruebas a realizar:
Edad mínima: 21 años.
Automóviles destinados al transporte de personas:
Requisitos: : ser titular del permiso de la clase B en vigor. Para largo recorrido experiencia de 1 año en transporte de mercancías de más de 3.500 kg. de masa máxima autorizada o de autobuses en corto recorrido o certificado de aptitud profesional.
No implica la concesión de los permisos A1, A, C1 y C.
Pruebas a realizar:
Edad mínima: 24 años.